PARTE DEMANDANTE: En cuanto al principio de la comunidad de la prueba descrita en el capitulo PRIMERO NO se ADMITE, por cuanto no es un medio de prueba. En cuanto a las pruebas documentales descritas en el capítulo SEGUNDO, referente a constancia de Trabajo y recibos de pago este tribunal las ADMITE, por no ser contrarias a derecho.
PARTE DEMANDADA: En cuanto a las pruebas descritas en el capítulo PRIMERO, referente a documentales este tribunal las ADMITE, por no ser contrarias a derecho. En cuanto a la prueba de informe, se ADMITE.