este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: UBALDA MERCEDES GIMENEZ CALANCHE, titular de la cédula de identidad N° V-13.314.568, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad del INTI, con un área de terreno de SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS CON CINCUENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS (759,58 Mts.2), con un área total de construcción de CIENTO SETENTA Y CUATRO METROS CON VENTIUN (sic) CENTIMETROS CUADRADOS (174,21 Mts2); ubicado en al Final del Callejón Los Mangos, Sector El Pereño Camunare Rojo, Jurisdicción del Municipio Urachiche, Estado Yaracuy