esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINIS LITIS la acción de Amparo Constitucional incoada por los abogados Lucía Blanca Mata, Hernán Figueroa y Estalín Antonio Gómez, actuando en su condición de defensores del ciudadano JOSÉ ANTONIO ANCHETA CASTILLO, en la causa principal alfanumérica UP01-P-2013-001750, en contra del la Jueza del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 1 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy.