en consecuencia este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con Autoridad de cosa Juzgada y queda establecido en: CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) QUINCENAL, cuota de Obligación Alimentaria, y por concepto útiles escolares la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,00), para Aguinaldos en el mes de DICIEMBRE otorgará la cantidad de: CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00), así como también el padre se compromete a cubrir los gastos correspondientes a medicinas y consultas médicas. Las mismas se incrementaran automáticamente, del mismo modo en que le sea aumentado el sueldo al Obligado Alimentario, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 369 y 374 de l.....