DECLARA CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, formulada por la Ciudadana demandante NEIDA ROSA ACOSTA FLORES en contra del ciudadano ELIO RAFAEL ILARRAZA ambos debidamente identificados en autos, en beneficio del niño (OMITIDO EL NOMBRE) y considera conveniente fijar la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,oo) MENSUALES, monto equivalente al (24,51%) del salario mínimo actual (Bs. 1.223,89), que el Ciudadano antes mencionado deberá pasar a su hijo, a partir del quince de octubre del dos mil diez, los cuales consignará en dinero en efectivo a la madre del niño (OMITIDO EL NOMBRE).
Así mismo deberá aportar cada año la siguiente cantidad extra de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) en el mes de Septiembre para gastos escolares del niño (OMITIDO EL NOMBRE); e igualmente en el mes de diciembre, destinada al niño para la compra de ropa de la época decembrina.
Publíquese, regístrese, certifíquese copia d.....