Por todos los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante y, "SIN LUGAR" el recurso interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, ambos contra la sentencia de fecha 06 de julio de 2010, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE CONFIRMA" el fallo recurrido en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "SIN LUGAR" la demanda por cobro de PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, incoada por el ciudadano YILMER GUEDEZ, contra la SOCIEDAD CIVIL LINEA ALTAGRACIA y, solidariamente contra el ciudadano CES.....