Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana VILMA MARGARITA VARGAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.647.037 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno Propiedad municipal, que mide CUATROCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (405,69 Mts2), Ubicado en la calle 24 entre callejón Chuponal y Prolongación avenida 6 de la Comunidad de Peguaima de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy