Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones solicitada por el ciudadano JUAN CARLOS CANALES BARICO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.515.259, TITULO SUPLETORIO a favor de él y de su hija la ciudadana: ANA LISBETH CANALES ORELLANA, venezolana, titular de la cedula de identidad V- 21.047.170,