ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: PRIMERO: Se Califica como Flagrante la Aprehensión del adolescente, FRANKLIN JOSE VADEL en virtud de estar llenos los extremos de los Artículos 557 de la LOPNA en concordancia con el Artículo 248 del COPP.- SEGUNDO: Se acuerda continuar la investigación por los Delitos de Robo Agravado y Detentación de Arma de Fuego, previsto en los Artículos 458 y 277 del Código Penal y según lo acordado en la IV Convención Interamerica Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales relacionados, Ley Nacional desde su publicación en la Gaceta Oficial N° 37.217 de fecha 12/06/2001, aplicando el procedimiento penal ordinario consagrado en el Código Orgánico Procesal Penal, en todo lo que no este previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente a tenor del Artículo 537. TERCERO: Se Decreta Medida Cautelar de Prisi.....