PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS incoada por la profesional del derecho: TANYA S. MACARUK MEJIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V.12.284.598, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N. 78.965, contra la INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI)
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación de la ciudadana TANYA S. MACARUK MEJIA, en el puesto de trabajo que detentaba antes del despido así como también al pago de los salarios caídos, los cuales serán calculados mediante experticia complementaria del fallo, bajo los siguientes parámetros:
Se calculará a razón de 2.500 bolívares mensuales (Bs. 2.500,00), desde el día 08 de Mayo de 2009 fecha en que consta el acuse de recibo de la procuraduría General de la República, hasta el efectivo cumplimiento de la sentencia de reenganche o la renuncia según sea el caso.