"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, solicitadas en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia Milla, Municipio Libertador del Estado Mérida, y al Registrador Principal del Estado Mérida, la corrección de las actas de nacimiento de las ciudadanas CARMEN TERESA VILORIA DE PAREDES, ANA HILDA RANGEL, MARIA OMAIRA RANGEL DE TORRES Y MAGALLY DEL CARMEN RANGEL DE RIVAS, ya identificadas insertas por ante la mencionada dirección de Registro Civil de la Parroquia Milla , Municipio Libertador del Estado Mérida, identificada con los números 99, 78, 66 y 124,en su orden, correspondientes a los años 1952, 1955, 1958 y 1960 respectivamente, donde se asentó el nombre de .....