DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de conformidad con el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, y en tal virtud, se acreditan como ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, a las niñas, de (06) años de edad y, de nueve años de edad, al niño , de once años de edad, al adolescente YOEL GABRIEL LOPEZ VILLEGAS, de trece años de edad y al joven adulto, , de dieciocho años de edad, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano YOEL RICARDO LOPEZ, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.442.729, quien falleció en fecha 02 de septiembre de 2012, solicitud interpuesta por l.....