Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha catorce (14) de octubre de 2009, dictada por Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se confirma la recurrida sentencia en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, incoada por la ciudadana NAIDA MARILIN LÓPEZ CONTRA EL MUNICIPIO MANUEL MONGE DEL ESTADO YARACUY, ambas partes plenamente identificadas en autos. ASI SE DECIDE.
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