En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO AL PROCEDIMIENTO hecho por el demandante ciudadano JORGE LUIS YOVERA REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.650.180, debidamente asistida por la abogado Suhail Hernández, inscrita en el IPSA bajo el Nº 81.067, a favor de la ciudadana EVELIN DARIELA BRICEÑO VERGARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.250.782, en consecuencia se extingue el proceso, por lo que el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa (90) días.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustan.....