Se dictó decisión mediante la cual se decretó EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor de los ciudadanos JOSE ESTALLIN BAQUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.174.753, GIOVANNY JOSE MEDINA, venezolano, mayor de edad, titulara de la cédula de identidad N° 17.241.365, YEAGER JOSE GALLARDO RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.151.916 y HENRY JOSE TINEO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.403.559, por extinción de la acción penal de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 Ordinal 4° del Código Penal en concordancia con los Artículos 318 Ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.