JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la intimación de los ciudadanos DENIS AREVALO MORALES e IDALIA GUERRA DE CARIDAD, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 13.004.683 y 13.757.427, el primero en su condición de deudor principal domiciliado en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, y la segunda en su carácter de avalista domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, apercibidos de ejecución dentro de los diez días de Despacho siguientes al día que conste en actas la intimación del último de los demandados, para que pague la cantidad reclamada como capital, es decir, CINCO MIL DOSCIENTOS CINCO BOLÍVARES CON TRECE CÉNTIMOS (Bs. 5.205,13); más las siguientes cantidades: 1) La cantidad de SETENTA Y CINCO BOLÍVARES CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (Bs. 75,18) correspondientes a los interes.....