ABSUELVE, al Ciudadano: ALEJANDRO JOSÉ GUZMAN, quien es de Nacionalidad Venezolana, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 15-08-1986, Indocumentado, de 19 años de edad, de Profesión u Oficio: Obrero, de Estado Civil: Soltero, hijo de: Norma Josefina Guzmán (V), y de padre desconocido, domiciliado en: Edificio Fundemos Primer Piso Apartamento Nro:; 01, Maturín estado Monagas, Teléfono 0414-7728116, 642-14-70, representado en este acto por el defensor Público Abg. MARCOS MORALES, asistido de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal Venezolano Vigente. En perjuicio del ciudadano LEONEL RAMON MANZI, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena el Cese de la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad que le fuera impuesta por el Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control de esta Sede Judicial Penal y que vie.....