actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías, en un área de terreno propiedad municipal, el cual mide SETENTA Y SEIS METROS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS (76,56 M2), ubicado en la Calle 24 entre Carreras 7 y 8, Sector La Tiama, Municipio Peña, Estado Yaracuy, bienhechurías estas consistentes en un inmueble (casa), completamente cercada con pared de bloque, con las siguientes características: paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit, sala, comedor, un (1) baño, tres (3) habitaciones, cocina, con sus correspondientes vigas de riostra, corona y columnas de concreto, asimismo su empotramiento de electricidad y de agua blancas y negras; siendo sus linderos los siguientes: Norte: Casa o solar que era o es de Gerardo Giménez, en línea de doce con noventa metros (12,90 Mts); Sur: .....