En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos FELIX ARMANDO ACOSTA YANEZ y YEXNI MERCEDES GOYO DE ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio EN San Pablo Municipio Arístides Bastidas del estado Yaracuy, titulares de las cédulas de identidad números 3.751.604 y 14.210.829 respectivamente, debidamente asistido el segundo por el abogado RAFAEL CASTILLO INPREABOGADO bajo el Nº 168.876,. En consecuencia, con respecto a los hijos (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), nacido el 11 de mayo de 2000 el año 2007 del niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), nacido el .....