, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vínculo matrimonial, que unía a los ciudadanos YANSOL ALEXANDER ALVARADO PEÑA y ANGELA MARIA SOTO PEÑA, venezolanos,mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.973.309 y 24.165.155 respectivamente. En consecuencia, con respecto a las instituciones familiares en beneficio del niño de autos, se establece lo siguiente: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres y la custodia será ejercida por la madre. SEGUNDO: En cuanto a la obligación de manutención el padre aportará la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00) mensuales, igualmente ambos padres cubrirán los gastos ocasionados por concepto de vestido, educación, asistencia médica, entre otros. TERCERO: En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, el mismo será abierto para.....