Por las anteriores consideraciones este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: No decretar dicha solicitud de Justificativo de Únicos y Universales Herederos, seguida por los ciudadanos RANGEL RAFAEL RAMONEZ SILVESTRE, MARIA ANDREINA RAMONEZ DE VARGAS, ANGEL JOSE RAMONEZ SILVESTRE, WILMER RANGEL RAMONEZ JIMENEZ, JENNY MAIGUALIDA RAMONEZ DE PITA, ANGEL JAVIER RAMONEZ CÓRDOBA, VIRIANGI CAROLINA RAMONEZ CÓRDOBA Y VIRGINIA DEL CARMEN CÓRDOBA, plenamente identificados en la parte narrativa del presente fallo y consecuencialmente terminada la misma, por falta de impulso procesal.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de las documentales originales cursantes en la presente solicitud, una vez la parte provea los emolumentos necesarios.
Regístrese y publíquese en l.....