En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés de la niña de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Cocorote del estado Yaracuy, actuando a solicitud de la ciudadana MILEIVIS JOHANA VERASTEGUI RIVERO, en beneficio de la niña "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", en contra de la ciudadana YESENIA VERONICA HERNANDEZ RIVERO, de conformidad con lo establecido en los artículos 75 Constitucional, 8, 25, 26, 27, 126 literal "i", 128, 345, 358, 394, 396 de la LOPNNA en consecuencia la Responsabilid.....