Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185-A, efectuada por el ciudadano BARTOLO S. ESTEILE COLINA, quien es venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 10.372.529; asistido por el abogado en ejercicio ANDRÉS E. BLANCO TORRES, inscrito en el Inpreabogado con la matrícula Nº 170.706. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que lo unía con la ciudadana MARÍA I. COLMENAREZ TORRES, quien es venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 12.286.026; y contraído entre ellos, en fecha veintiséis (26) de diciembre de dos mil uno (2001), por ante el Registro Civil del Municipio Cocorote del e.....