DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Constitución y sus Leyes, Declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoara el abogado JORGE ALEXANDER CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.842.816, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 278.507, asistido por el abogado RAMON ANTONIO MENDEZ SANCHEZ, inscrito en el INPREABOPGADO bajo el N° 142.389; contra la ciudadana KARINA DESIREE QUIÑONEZ SALCEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.793.620. Se declara el derecho que tiene el abogado JORGE ALEXANDER CONTRERAS al Cobro de sus Honorarios Profesionales Extrajudiciales y en virtud que la parte intimada se acogió derecho .....