Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad la Ley, actuando en Sede Constitucional de conformidad con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 6, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación Interpuesto por la ciudadanaLEIRUSKA KATERINE JARAMILLO MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N.° V- 17.548.232, y de este domicilio, debidamente asistida por los abogados JESUS REAL y WILMAN ROJAS, venezolanos, mayor de edad, debidamente inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo los números: 30.306 y 194.478 respectivamente y de este domicilio, en contra de la decisión de fecha tres (03) de Septiembre del .....