DISPOSITIVA
ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de rectificación de partida de nacimiento signada con el número 133, inserta en los Libros de Nacimientos llevados por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Mucutuy del Municipio Arzobispo Chacón del Estado Mérida, y asentada en la Oficina Principal de Registro Público del Estado Mérida, durante el año 1.953, correspondiente a la ciudadana NELLY JOSEFINA SULBARAN ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, Médico Pediatra, titular de la cédula de identidad N° 3.767.770, en el entendido de en el Libro de Partida de Nacimientos llevado en dicho Registro Civil, aparece el nombre NELI y se ordena que se corrija y en lo sucesivo debe ser colocado una letra L y la letra Y GRIEGA, es decir, NELI sustitui.....