Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se Declara: PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer la demanda por demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por la ciudadana: DAYMARI JIMENEZ NAVAS, titular de la cédula de identidad Nº V-6.602.941, quien actúa en su propio nombre y en nombre y representación de su hija HAIMETH ANDREINA RIERA JUMENEZ; en su condición de viuda e hija del ciudadano: JAIME RIERA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.278.545, respectivamente, y que incoaran contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POBREZA EXTREMA Y EXCLUSION SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (IAPESEY). Así se establece.- SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunsc.....