En consecuencia, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la intimación del ciudadano NESTOR LUIS GONZALEZ, antes identificada, apercibida de ejecución dentro de los diez (10) días de despacho siguientes al día que conste en actas su intimación, para que pague la cantidad reclamada como capital, es decir la suma de VEINTE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs 20.000,oo), mas las cantidades siguientes: a) Para que pague la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON DOS CÉNTIMOS (Bs 472,2) por concepto de intereses moratorios; b) CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs 5.000,oo) por concepto de Honorarios Profesionales y UN MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.000,oo), por concepto de Costas Procesales, Alcanzando la cantidad a intimar a la suma de VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS.....