Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICION realizada por la ciudadana Judith Inés Peña Osorio, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio MAURIO ROZO MOGOLLÓN, anteriormente identificados, por no llenar los requisitos de conformidad con lo establecido en el articulo 778 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se ordena conforme al artículo 780 eiusdem, emplazar a las partes para el nombramiento del partidor, a quien se le advierte que dicha partición deberá versar sobre el siguiente bien inmueble: PLANTA BAJA: Conformada por una (1) sala, un (1) dormitorio, una (1) cocina y un (1) baño, SEGUNDA PLANTA: Un (1) baño, una (1) cocina, dos (2) habitaciones y un (1) balcón; TERCE.....