, este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos FARNAVI XIOMARA MENDOZA Y JOSE DOMINGO MOLINA MOLINA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nos 9.654.525 y 9.047.632, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio NETXY DEL CARMEN OROPEZA GARCIA, inscrita ante el INPREABOGADO bajo el Nº 159.635, y DECRETA LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído entre ellos el día el día Nueve (09) de Noviembre de 1984, por ante la Prefectura del Municipio Palo Negro, Distrito Mariño del Estado Aragua, actualmente Oficina de Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Aragua, según el Acta de Matrimonio signada con el Nº 224, Folio 141, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa e.....