PRIMERO: INADMISIBLE la tacha incidental propuesta el abogado en ejercicio JOSE LUIS ALTUVE AULAR, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Numero 101.822, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DANIEL RODRIGUEZ CALVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Numero V-7.909.473; en contra del documental marcado con la letra "E", cursante a los folios siete (07) al nueve (09), del presente cuaderno separado.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
TERCERO: En virtud que la presente decisión se publica dentro del lapso establecido en el tercer aparte del artículo 251 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, no es necesaria la notificación de las partes.