DECISIÓN.-
En consecuencia y por las consideraciones antes señaladas; éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO; el DESISTIMIENTO de la demanda incoada en contra de la persona natural CHUFAN LIANG demandada solidariamente,y lo HOMOLOGA DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. SEGUNDO: Se mantiene en vigor la demanda incoada en contra de la Entidad de Trabajo GRUPO SONREIR 123 C.A., como demandada principal. TERCERO: La Audiencia Preliminar se realizará a las diez de la mañana (10:00 a.m) del DECIMO (10°) DÍA HABIL SIGUIENTE, una vez que conste en auto la presente Sentencia.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de.....