Por las razones anteriormente explanadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO incoada por la ciudadana: YUDIMARY LOPEZ, titular de la cédula Identidad N° V-10.368.455, contra su cónyuge, ciudadano: ALFREDO ARTEAGA CHINEA, cédula de identidad N° V- 7.594.892.
SEGUNDO: DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, según acta de matrimonio Nº 18 de fecha 27 de Diciembre del 1990.
TERCERO: Remítase bajo oficio copia certificada de la presente sentencia por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, y al Registro Principal del estado Yaracuy.
CUARTO: Expídase copia certificadas.....