ME INHIBO de conocer la presente Apelación en ambos efectos, por encontrarme incursa en la causal contemplada en el numeral 5º del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa".- Por tanto, a los fines de asegurar en forma transparente la Tutela Judicial Efectiva a la que se refiere el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debo manifestar que me encuentro impedida de decidir el asunto que aquí corresponde. Ante la inhibición planteada y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en virtud de existir un solo Juzgado Superior en esta sede judicial; se ordena remitir mediante oficio copia certificada de las actuaciones a la Coordinadora Laboral de esta Circunscripción Judicial, a fin que designe quien será el Juez Accidental competente para el conocimiento de la presente incidencia de inhibición, así como, el Juez Accidental para el conocimiento de.....