Vista la diligencia suscrita y presentada por la ciudadana: ANDREINA CAROLINA TORREALBA GUTIERREZ, plenamente identificada en autos, que corre inserta al folio 10 del presente expediente, mediante la cual desiste de la solicitud de Obligación alimentaria en contra del ciudadano: BEIKER DANIEL BRAN RAMOS y pide el cierre del presente expediente. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, acuerda el cierre del presente expediente y lo considera como asunto pasado en Autoridad de cosa Juzgada y en consecuencia da por terminado el Juicio.