este Tribunal Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que me confiere la Ley, declara ejecutado el AMPARO A LA POSESIÓN, por lo cual dicha Alcaldía no podrá perturbar en la Posesión del bien inmueble antes señalado a INVERSIONES TURISTICAS C.A., a su vez acuerda notificarle a la Alcaldía del Municipio Autónomo Bruzual del Estado Yaracuy, la práctica de la medida encomendada y acordada en este acto; asimismo expedirle dos (2) juegos de copias certificadas de la Comisión con el objeto de que una de ellas se envíe a la Alcaldía antes mencionada. Por lo que no teniendo este Tribunal Ejecutor de Medidas ninguna otra diligencia que realizar acuerda regresar a su sede natural. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-