se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación con entrega de compulsa: al RESTAURANTE LA ESPIGA DE ORO, en la persona del ciudadano: YURIS VILLAREAL, en su condición de Representante Legal de la empresa demandada, con domicilio en la siguiente dirección: CALLE 18 ENTRE AVENIDAS 10 Y 11, FRENTE A MOLVENCA, CHIVACOA, MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY, a fin de que comparezca por ante este Juzgado, asistido de abogado o representado por medio de apoderado, a las Nueve de la Mañana (9:00 AM), del décimo (10º) día hábil siguiente, posterior a la constancia en autos de su notificación, a los efectos de que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Igualmente, se le hace saber a las partes que deberán consignar sus escritos de pruebas y elementos probatorios de conformidad con el articulo 73 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en la oportunidad del inicio de la Audiencia Prelimi.....