Por todos los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 20 de enero de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se revoca la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "SIN LUGAR" la demanda por COBRO DE CONCEPTOS SALARIALES derivados de la relación de trabajo, incoada en el presente asunto por los ciudadanos ERMEN TOVAR LOPEZ, NESTOR CHIRINO, ARGENIS RAFAEL ACOSTA QUINTERO, JOSE VICENTE COLMENAREZ VALDERRAMA Y SAMUEL SALVADOR DORANTES SALAS, contra la empresa INDUSTRIA AZUCARERA SANTA CLARA,.....