En cuanto a la OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN, el cual es el siguiente: "El padre aportará la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) MENSUALES, los cuales serán depositados en una cuenta de ahorro del Banco Bicentenario que se ordena su apertura a nombre de la niña de autos. En cuanto al mes de septiembre el padre aportara la cantidad de DOS MIL BOLIAVRES (Bs. 2.000,00) para gastos de útiles y uniformes escolares los cuales depositara antes del quince (15) de septiembre de cada año. Para el mes de diciembre el padre aportara la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) para gastos de estrenos de la época, los cuales depositara antes del quince (15) de diciembre de cada año. En cuanto a los gastos de consultas medicas, medicinas, medicamentos, exámenes médicos, ropa y calzado cada seis (06) meses o cualquier otro gasto que genere de la niña de autos, serán cubiertos por ambos padres por mitad previo presupuesto, indicación médica, informe médicos y presentación de f.....