Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, interpuesta por los ciudadanos JOSÉ RAMÓN ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: V-7.908.283 y ROSAURA JOSEFINA YECERRA FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°. V-12.076.236, respectivamente.