DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano ACOSTA DUQUE MANUEL EUGENIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 2.564.759, y quien residía en la urbanización San Miguel, avenida 3, casa N° 71-23, municipio Independencia, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos ACOSTA LÓPEZ VICTOR MANUEL, ACOSTA DE SEQUERA MAILET DEL VALLE y ACOSTA OJEDA JESÚS MANUEL, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad Nº 7.591.202, 13.695.849 y 15.108.883 respectivamente . Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse al solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 5.045-25 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.