Por la argumentación suficientemente expresada, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA SIN LUGAR la querella interdictal restitutoria, incoada por los ciudadanos Carmen Teresa Prada de Carrero, Víctor Manuel Prada Molina, Luis Elbano Prada Molina, Maria Graciela Prada Molina, Rafael Ángel Prada Moreno Y Ana Eduvigis Prada De Contreras, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 5.728.778, V.- 5.732.390, V.- 6.597.442, V.- 5.728.779, V.- 8.770.480 y V.- 9.350.367 respectivamente contra la ciudadana Gloria Esperanza Molina Vivas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.079.764, domiciliada en la población de Zea, Municipio Zea del Estado Mérida y civilmente hábil,.
Por las características del presente fallo el Tribunal se abs.....