Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la inhibición presentada por la abogada ANILEC DEL VALLE SILVA CAMACARO, Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el expediente UP11-J-2013-000718, llevado por Solicitud de Divorcio conforme al artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos LEYCESTER ANTONIO PEREZ CHACON Y LISOLETT DEL CARMEN SILVA CAMACARO.