Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente señalado, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Siendo que en el día de hoy, se ha constatado que el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), cumplió a cabalidad con la obligación a que se contrajo en fecha trece de julio del año dos mil cinco (13-07-2005), por ante la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público, ello a objeto de reparar el daño en particular ocasionado a la niña Ligia Yezabeth Suárez Carvajal, consistente en la obligación de sufragar parte de los gastos producidos por el accidente, determinándose en la cantidad de setenta mil bolívares (Bs. 70.000,oo), los cuales fueron entregados efectivamente por el adolescente y recibidos satisfactoriamente por la pr.....