D E C I S I Ó N:
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación Alimentaria, formulada por la Ciudadana demandante ARACELIS ANTONIA LA ROSA DE PALMERA en contra del ciudadano FRANCISCO OCTABIANO AREMAS ambos debidamente identificados en autos, en beneficio de la niña xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de xxxx años de edad, y considera conveniente fijar la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 250.000,oo) mensuales, monto equivalente al 40,66% del salario mínimo mensual actual (Bs. 614.790,oo), que el Ciudadano antes mencionado deberá entregar en dinero en efectivo a la demandante ARACELIS ANTONIA LA ROSA DE PALMERA, a partir del día treinta del presente mes.
Así mism.....