"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, solicitada en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia el Llano del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, y al Registrador Principal del Estado Mérida, la corrección del acta de nacimiento de la ciudadana CARMEN AIDA DÁVILA MÁRQUEZ ya identificada, acta Nros. 1.098, correspondiente al año 1954 , donde se incurrió en el error involuntario al asentar en dicha acta el nombre de el progenitor de la ciudadana Carmen Aída Dávila Márquez, como REMIGIO DAVILA, siendo lo correcto AMBROSIO DAVILA y el nombre de la progenitora como ANA MARQUEZ siendo lo co.....