JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Autoriza LA OFERTA REAL DE PAGO formulada por la abogada LESBIA MARTINEZ FINOL apoderada de la parte oferente JUAN MANUEL FINOL CARMONA y JOSE LUIS PIRELA RINCON en el presente juicio, lo homologa, le imparte su aprobación, y lo pasa por autoridad de cosa juzgada.
En consecuencia de lo anterior referido se ordena lo siguiente:
Primero: Se abstiene el archivo del presente expediente, hasta tanto se le dé cumplimento a lo pactado por las partes.-.
Segundo: Se ordena oficiar al Registro Público de Los Municipios Rosario de Perijá y Machiques de Perijá del estado Zulia, a los fines de que estampen la nota marginal correspondiente.- ASI SE DECIDE.-