DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, efectuada por el ciudadano OROZCO RAMÓN ANTONIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-7.587.111, expedida por el Registro Principal del Estado Yaracuy, signada con el N° 83, del año mil novecientos sesenta y uno (1961), que corre inserta a los folios 5 y 6, y sus vueltos, de la presente causa, marcada con la letra "A".
SEGUNDO: SE ORDENA LA CORRECCIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del accionante, ciudadano OROZCO RAMÓN ANTONIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-7.587.111, donde omitieron el primer y segundo nombre de la madre del accionante, transcribiendo equivocadamente el nombre de la madre del accionante como: MAXIMA; en consecuencia, corríjase la partida de nacimiento del demandante de autos, y que diga en lo adelante: GREGORIA MARINA OROZCO, siendo esto lo correcto.
TER.....