Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, decreta el sobreseimiento de la presente causa, conforme a lo dispuesto en los artículos 45, 48.7 y 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Richard Demetrio Vargas García, quien es venezolano, natural de Caracas, nacido el 16-04-1966, titular de la cédula de identidad N° 6.931.797, de 40 años de edad, casado, de oficio Especialista en Artes Visuales, desempañándose como Docente de Artes Escénicas de la Escuela Bolivariana del Peñón, Municipio Tovar, domiciliado en el sector Padre Granados (Las Parcelas), casa N° 10 Santa Cruz de Mora, Estado Mérida, por cuanto el mismo cumplió las obligaciones inherentes a la suspensión condicional del proceso, decretada en fecha 26 de julio de 2006, por la comisión del delito de Ultrajes al P.....