En el caso de marras, el apoderado judicial de la parte demandada, abogado LUIS DOMINGUEZ, solicita se difiera el acto de presentación de Informes, por cuanto algunas pruebas promovidas por la parte actora no constan en autos por cuanto no ha llegado la comisión del Tribunal comisionado, esta Juzgadora señala, que es carga de las partes diligenciar que todas las pruebas sean evacuadas dentro del lapso legal y estén en autos para la respectiva valoración, por tanto, no se considera motivo relevante para la suspensión de un lapso o su diferimiento y así se establece.
Establecido lo anterior y en virtud del equilibrio y seguridad procesal, principios éstos que rigen la sustanciación del proceso, y que deben existir los extremos necesarios para justificar el diferimiento de un lapso, por tanto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de .....